Leganés lidera en España la lucha contra la tasa de basura
ULEG lleva moción al pleno para que el Ayuntamiento impulse una recogida de firmas para derogar la tasa de basura
El partido independiente que forma coalición de gobierno con el PP es un histórico adalid en la lucha contra los tributos injustos y abusivos, siendo un hecho que gracias a su papel se ha logrado que Leganés sea el único municipio de España que aplica esta injusta tasa. "Somos como la aldea gala de Asterix, combatiendo contra una chapuza legislativa que exprime los bolsillos ciudadanos y que está generando agravios comparativos entre vecinos de todos las localidades" señala el presidente de ULEG y 1er Teniente de alcalde, Carlos Delgado.
Leganés, 10 de noviembre de 2025. Este jueves 13 de noviembre el Pleno del ayuntamiento de Leganés debatirá y votará una moción presentada por ULEG, el partido
independiente y cogobernante en el municipio, para que desde el Consistorio se impulse una recogida de firmas que pida la derogación de la polémica e injusta tasa de basura. Por su interés, adjuntamos moción
Moción del grupo municipal de Unión por Leganés – ULEG para que desde el Ayuntamiento de Leganés se impulse una campaña ciudadana de recogida de firmas para instar al Gobierno de la Nación a derogar los artículos de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, por los que se obliga a los Consistorios a imponer una tasa de basura, tributo injusto, discriminatorio y un ataque a la autonomía municipal.
La lucha de ULEG en contra de tasas injustas se remonta prácticamente a su creación. Ya en el año 2001 el gobierno de la ciudad compuesto entonces por PSOE e IU decidió aplicar en nuestra ciudad un tributo sobre la recogida de la basura, llamado Ecotasa. Desde Unión por Leganés se denunció como un gravamen injusto y abusivo que castigaba el bolsillo de los vecinos de Leganés, y se organizó por la ciudadanía manifestaciones, impugnaciones judiciales y recogidas de firmas, consiguiendo que en el año 2008 esa tasa fuera finalmente eliminada por un gobierno del mismo color que la creó, quien también en su momento se justificaba en la UE para imponerla y que, como se pudo comprobar, no era cierto. A partir de abril de 2025 en todos los Ayuntamientos de más de 5.000 habitantes, se ha ido estableciendo una tasa de basura, impuesta por el Gobierno de España por medio de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que indica en su artículo 11.3 que las entidades locales para financiar los costes de gestión de los residuos domésticos, establecerán en el plazo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la ley una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria. Esta Ley 7/2022 dice cumplir con un Directiva (UE) 2018/851, que modifica la Directiva 2008/98/CE sobre residuos, que exige a los Estados miembros a:
-Establecer sistemas de responsabilidad del productor.
-Garantizar que los costes de gestión de residuos sean sufragados por los productores y poseedores de residuos.
-Introducir el principio de “quien contamina paga”.
-Implantar sistemas de pago por generación de residuos (pay as you throw).
Pero en ningún momento la Directiva Europea obliga a los Estados miembros a establecer una tasa.
La ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados opta por la figura de la tasa o la prestación patrimonial de carácter público no tributario para la financiación de los costes de gestión de los residuos de competencia local. Esta figura no es la más adecuada por varias razones: desde la elevada litigiosidad e inseguridad jurídica que rodea la elaboración de los estudios económico financieros sobre los que se sustentan las ordenanzas de aprobación de las tasas locales, la propia complejidad de elaboración de esos estudios, la necesidad de incorporar en esos estudios conceptos como la responsabilidad ampliada del productor o los ingresos derivados del reciclado de los residuos o la cogeneración energética, la previsión especifica de la Ley de Residuos acerca del carácter no deficitario de las tasas, que debe conjugarse con la exigencia de la Ley de Haciendas Locales de que las tasas no superen el coste del servicio, o la problemática de la naturaleza jurídica (tasa o prestación) y su implicación procedimental correspondiente. Estos problemas tienen igualmente su reverso si de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario se trata.
En todo caso, en la medida en que el Gobierno de la Nación no contempla otra figura para la financiación de la gestión de residuos domésticos y además establece su carácter
obligatorio, sin por otra parte darle a la tasa o prestación una regulación adecuada, embarca a los municipios de modo imperativo en una aventura jurídica incierta y peligrosa. Además, según la Ley de Bases de Régimen Local (Ley 7/1985), los municipios tienen como competencia propia la recogida, transporte y tratamiento de los residuos urbanos. Por tanto, son los ayuntamientos quienes deciden:
• Qué sistema de recogida se aplica (puerta a puerta, contenedores, etc.).
• Cómo se organiza el servicio (directo, concesión, mancomunado...);
• Y cómo se financia (tasas, impuestos o sistemas de pago por generación).
Con esta ley, es indudable que el Gobierno de la Nación está invadiendo claramente unas competencias que son exclusivas del ayuntamiento, limitando así su capacidad de decisión local.
El Gobierno del Ayuntamiento de Leganés, del cual forma parte Unión por Leganés ULEG, es plenamente consciente del elevado riesgo presupuestario que implica establecer este modo de financiación. Una muestra fue cómo el tributo de la plusvalía terminó generando problemas a los ayuntamientos cuando el Tribunal Constitucional terminó anulando varios de sus aspectos. Este riesgo es además profundamente disuasorio para la puesta en marcha de proyectos de gestión de residuos que sean verdaderamente ambiciosos. Sobre esta cuestión ya el 12 de diciembre de 2024 se aprobó una moción para la puesta en marcha de una comisión de estudio para la valoración y si procedía la instauración de la tasa de basura, con los votos en contra de PSOE, Podemos-IU-AV y MM. Y ninguno de estos partidos ha estado disponible para participar en dicha comisión.
Si el Gobierno de la Nación hubiera sido más cauto y responsable hubiera podido buscar otras fórmulas o establecer al menos una tasa adecuadamente regulada y vinculada a las competencias de cada administración en esta materia, para posibilitar que los ayuntamientos obtuvieran los recursos necesarios para lanzarse de manera segura a la
consecución de los objetivos marcados por la UE, en lugar de echar a los leones a los ayuntamientos, trasladándole la “patata caliente” y generando agravios comparativos entre municipios y vecinos, con tantas regulaciones como consistorios, provocándose situaciones conflictivas y enfrentamientos sociales y políticos que cada día trascienden a los medios de comunicación nacional.
No puede ser que para trasponer una Directiva Europea se promulgue una ley estatal que es de facto una directiva para los ayuntamientos, incluso con menos rigor y especificaciones que una directiva de la UE. En síntesis, estamos ante un tributo de alcance nacional pero que deja en manos de cada ayuntamiento su aplicación y características, lo que se traduce en situaciones discriminatorias para cada ciudadano español.
Estamos ante una chapuza normativa, incluso el Ministerio de Hacienda se desentendió de su elaboración, con la que además el gobierno central olvida que al ser una tasa que debe aprobarse por una ordenanza sometida a la voluntad de un pleno, la soberanía de ese pleno puede negarse a aprobar esa ordenanza porque no haya ninguna que le parezca oportuna porque, para empezar, ni al propio gobierno central le ha parecido ninguna la adecuada al no establecer ni un mínimo de contenido regulatorio a este tributo.
Acuerdo
1) Que el Ayuntamiento de Leganés impulse una campaña ciudadana de recogida de firmas para instar al Gobierno de la Nación a que derogue los artículos de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, por los que se obliga a los Consistorios a imponer una tasa de basura, tributo injusto, discriminatorio, abusivo y un ataque a la autonomía municipal.
2) Instar al gobierno de la Nación a que se busque otro método con encaje constitucional y que no genere inseguridad jurídica y económica para dar correcto cumplimiento a la Directiva Europea.
3) Dar traslado de la presente moción a la presidencia del Gobierno, a las Cortes Generales, a la FEMP y al Parlamento Europeo.
